Las leyes del aire: lo que se necesita para volar drones en Colombia

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En Colombia los drones están reglamentados desde el año 2015. Este es un repaso por las reglas vigentes y las recomendaciones a la hora de volar.

Publicado el 17 Sep 2019

Drones avanzados ahora al alcance de todos

Hace más de 100 años, en 1907, los hermanos franceses Jacques y Louis Charles Bréguet llevaban a cabo con éxito uno de los primeros vuelos pilotados. El primer cuadricóptero en la historia se elevó apenas medio metro antes de volver al suelo. Aunque todavía muy lejos de los drones que conocemos hoy en día, ese primer vuelo marcaría la historia de los años venideros.

Mientras que la industria aérea tripulada se desarrolló a pasos agigantados con el objetivo de unir los 5 continentes, el nicho de los vuelos no tripulados fue relegado a aplicaciones militares e industrias especializadas. Según John W.R. Taylor en su libro ‘Jane’s Pocket Book of Remotely Piloted Vehicles’, el desarrollo militar fue tal que tan sólo 10 años después, en 1917, el ejército inglés desarrolló el Ruston Proctor Aerial Target. Usando tecnología de control remoto inventada por Nikola Tesla y Archibald Low, el objetivo del dron era cargar un misil y estrellarse con el enemigo.

Esta invención, sin embargo, nunca fue implementada en el campo de batalla. En 1943, los alemanes fueron los primeros en desplegar naves no tripuladas. Cargando una bomba de 2.300 libras, el FX-1400 o ‘Fritz X’ se convirtió en el ancestro de las armas guiadas de precisión.

Tomaría más de 6 décadas ver la primera aplicación civil de los drones. En el CES (una de las ferias de electrónica de consumo más importantes del mundo) del año 2010, la compañía francesa Parrot presentó el primer dron listo para volar. Usando wifi y un teléfono inteligente, el usuario podría controlar el Parrot AR Drone remotamente.

A partir de ese año, el mercado de los drones ha crecido constantemente. En 2017, las ventas de drones de uso civil crecieron en 34,3% respecto al año anterior. De hecho, según Global Markets Inside, el mercado de los drones civiles puede llegar a los 24.000 millones de dólares para 2024. Si bien existen estadísticas de registro en otros países, en Colombia resulta difícil hacer un cálculo acertado.

Aunque en el país están volando drones civiles desde principios de la década de 2010, a la Aerocivil le tomó hasta 2015 regular estos vuelos no tripulados.

La circular reglamentaria No. 002

Para empezar, la entidad encargada de regular los drones en Colombia es la Aeronáutica Civil. Esto significa que todos los registros de licencias y drones se deben hacer con ella y no con ninguna otra entidad. De la misma forma, la Aerocivil es el ente estatal que se encarga de regular las normas para las aeronaves no tripuladas.

La última revisión de la circular 002, que reglamenta el uso de los drones en el país, entró en vigencia el 5 de febrero de 2019 con la norma 0420. Al ser caracterizada como norma, ya que modifica el Reglamento Aéreo Colombiano, les da facultades especiales a las autoridades del país. Esto significa que, por ejemplo, la Policía Nacional cuenta con el poder para indagar, confiscar y revisar los drones y equipos que no estén registrados.

Seguidamente, la Aerocivil hace la distinción entre un piloto profesional de drones y un aficionado. El aficionado no debe tomar curso para volar, pero la circular limita muchos de los usos comerciales que le puede dar al dron. Por ejemplo, un aficionado no podría grabar y monitorear eventos o multitudes de gente al no contar con la autorización necesaria.

Para realizar este tipo de actividades operando drones pesados, se requiere que el piloto realice un curso y tenga horas de vuelo certificadas. Estas horas se ven reducidas con la nueva norma, ya que pasaron de ser 40 a tan solo 20.

Pese a que se hace esta diferenciación, cabe resaltar que todos los aparatos que usen aficionados y profesionales deben estar registrados ante la Aerocivil para poder volar legalmente.

Categorías de drones

De la misma forma que se diferencia entre pilotos aficionados y profesionales, la Aerocivil hace distinción entre los tipos de drones que se pueden volar en el país. Las categorías que existen son 3: A, B y C.

La primera es la categoría A, abierta. Esta categoría es a la que pertenecen los pilotos aficionados o personas curiosas por los drones. Las personas en ella no necesitan licencia para volar “dado que su operación significa un riesgo menor”, según la Aerocivil, pero se someten a las normas generales de la reglamentación. A esta categoría pertenecen todos los drones que tengan un peso de entre 250 gramos y 25 kilogramos, incluso si su fin es comercial.

Estos aparatos pueden ser operados solamente en el día, a no más de 120 metros de altura y en un radio que no puede exceder los 500 metros alrededor del piloto. Así mismo, se prohíbe su uso sobre multitudes, edificios o áreas pobladas. También se debe volar alejado por lo menos 9 kilómetros de aeropuertos y 2 kilómetros de la Presidencia y otros entes estatales.

Se debe resaltar que gran parte de los drones civiles se encuentran dentro de esta categoría. Por ejemplo, DJI, el fabricante chino que cuenta con una participación de mercado de más del 80%, tiene toda su línea de productos dentro de la clasificación A.

En la categoría B es encuentran todos los drones con un peso de más de 25 y menos de 150 kilogramos. En este caso, no sólo se debe contar con el registro de la Aerocivil, sino que además el operador debe contar con autorización expresa de la entidad, ya que su operación es considerada como de riesgo medio.

Adicionalmente, todos los drones cuya operación viole los límites impuestos por la categoría A, deben ser registrados como categoría B. Esto significa que los operadores podrían volar el dron por encima de multitudes y edificios, y transportar materiales para fumigación o aspersión. De la misma forma, su operación horizontal se expande a 750 metros.

Dron de carga en acción.
Dron de carga en acción. Foto: Medium.

Por último, la categoría certificada C aplica a todos los drones con un peso superior a 150 kilos. El vuelo de este tipo de aeronaves no está permitido en Colombia. Sin embargo, la Aerocivil no se cierra a explorar proyectos de investigación e innovación en esta categoría. También dejó el espacio abierto para que la Organización Aeronáutica Civil Internacional emita reglamentos que puedan ser homologados en el país.

El mercado colombiano de drones

Dado que la nueva norma relaja los requerimientos, se espera que el mercado de los drones civiles en el país aumente. El presidente de la Asociación Profesional de Drones en Colombia, Pablo Heredia, cree que una regulación responsable está en el mejor interés del Gobierno y los fabricantes de drones. “No se puede dejar que alguien aprenda con un tutorial en YouTube”, dijo a El Tiempo.

DJI Mavic, el modelo más popular del fabricante chino. Imagen: Gautier Salles

En el momento, se pueden encontrar en el mercado distintos drones de fabricación china con un rango de precios bastante extendido. Los más baratos y con menos funciones están alrededor de los 200.000 pesos colombianos. Por otro lado, los drones de marca DJI tienen precios que van desde 400.000 pesos por el más básico, hasta 3.800.000 por el modelo Mavic que cuenta con hasta 25 minutos de autonomía y permite grabar en 4K.

El pasado agosto, se realizó en Medellín el Colombia Drone Expo –Code–. Con más de 70 stands y 1.500 visitantes, el evento es uno de los primeros dedicados enteramente a este mercado no solo en Colombia, sino en toda la región. Las cosas así, vemos que aunque todavía algo verde en el país, el potencial de los drones todavía tiene bastante camino que recorrer y que esta es una economía que cada vez coge más alas en el país. 

Imagen principal: Dose Media, en Unsplash

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Sebastián Romero Torres

Filósofo de formación y geek empedernido. Amante de los videojuegos, la tecnología, la música y el espacio.

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