Para algunos, se trata de justicia comercial, y para otros, de inconveniencia actual. Lo cierto es que el proyecto de Ley que plantea el pago a proveedores en plazos justos –de máximo 60 días–, radicado el 28 de septiembre del 2018, y que se espera curse en el Congreso de la República cuando se reinicien las sesiones ordinarias, llama la atención y es esperado con gran expectativa en los sectores empresariales y laborales colombianos, así como en la comunidad en general.
Según lo radicado, “el proyecto de Ley tiene como objeto desarrollar el principio de buena fe contractual y promoción de la libre competencia, mediante la adopción de una serie de medidas que protejan a las personas naturales y jurídicas que sean sometidas a condiciones contractuales gravosas en relación con los procedimientos y plazos de pago y facturación de sus operaciones comerciales, incorporando la obligación de Pago en Plazos Justos“.
Como antecedente, ya Chile logró aprobar una ley de pago a 30 días, y en México se está avanzando en esta misma dirección. El proyecto de Ley en Colombia plantea inicialmente un límite de pago a máximo 60 días y al cabo de un tiempo se haría un ajuste para que el plazo fijado quede a 30.
¿Qué se busca con esta ley?, ¿a quiénes favorecería?, ¿cómo hacer para que, si es aprobada, se cumpla y no se le busquen ‘trampas’ para saltársela?, ¿por qué podría no ser conveniente? , ¿por qué hay quienes se oponen? Para responder a estas y muchas preguntas que se tienen al respecto, ImpactoTIC lo invita este martes 26 de febrero a participar en el hangout #PagoAPlazosJustos.
Invitados:
Mauricio Toro: Representante a la Cámara (Autor del Proyecto de Ley de Pago en Plazos Justos)
Eduardo Visbal: Vicepresidente de Fenalco (contradictor de la propuesta).
¿Tiene preguntas para ellos? Conéctese en directo a partir de las 3 p.m., hora de Colombia, y haga sus preguntas en Twitter usando el hashtag #PagoAPlazosJustos. Las estaremos leyendo durante el hangout.
Agéndalo:
Fecha: Febrero 26 de 2019.
Hora: 3 p.m. (Colombia), 2 p.m. (México), 5 p.m. (Argentina).
Prohibida su reproducción total o parcial.